De conformidad con lo establecido en la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre de 1956, dispongo que se cumpla, en sus propios términos estimatorios, la expresada sentencia sobre exención del servicio militar.
Madrid, 26 de octubre de 1995.-El Secretario de Estado, Emilio Octavio de Toledo y Ubieto.
Excmo. Sr. Director general del Servicio Militar.
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