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Documento BOE-A-1995-25842

Resolución de 3 de noviembre de 1995, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se dispone la publicación, para general conocimiento y cumplimiento, del fallo de la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, en el recurso contencioso-administrativo número 3.303/1992, interpuesto por don Felipe Vela Lázaro.

Publicado en:
«BOE» núm. 285, de 29 de noviembre de 1995, páginas 34619 a 34619 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1995-25842

TEXTO ORIGINAL

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana ha dictado una sentencia el 15 de junio de 1995 en el recurso contencioso-administrativo número 3.303/1992, interpuesto por don Felipe Vela Lázaro contra la resolución de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de 6 de octubre de 1992 que desestimó su petición de abono del complemento de destino con efectos desde la fecha del reconocimiento del grado personal.

La parte dispositiva de la mencionada sentencia contiene el pronunciamiento siguiente:

«Fallamos:

Primero.-Se desestima el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Felipe Vela Lázaro, contra la resolución de 6 de octubre de 1992, del Director general de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, del Ministerio de Economía y Hacienda, sobre desestimación de su petición de abono de complemento de destino, nivel 14, desde el 9 de febrero de 1989 al 31 de enero de 1991. Segundo.-No procede hacer imposición de costas.»

En su virtud, esta Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, conforme a lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y 103 y siguientes de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto el cumplimiento y ejecución en sus propios términos de la mencionada sentencia.

Madrid, 3 de noviembre de 1995.-La Directora general, Juana María Lázaro Ruiz.

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