En el recurso contencioso-administrativo interpuesto por doña Pilar Crespo Núñez, en nombre y representación de don José Antonio Santos Burgos, contra la Administración del Estado, sobre indemnización por funcionamiento anormal de la Administración de Justicia, la Sección Cuarta de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, ha dictado sentencia con fecha 18 de marzo de 1994 cuya parte dispositiva dice:
«Fallamos: Estimar en parte el recurso contencioso-administrativo, interpuesto por la representación procesal de don José Antonio Santos Burgos, contra los actos a que el mismo se contrae, que declaramos no ajustados a Derecho, en relación a la cuantificación de la indemnización fijada por la Administración, que este Tribunal determina en 2.000.000 de pesetas, que deberán ser abonadas al mismo, con anulación de la Resolución impugnada en este punto, por no ser ajustada a Derecho.
Sin expresa imposición de costas.»
En su virtud, este Ministerio de Justicia, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución; 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el «Boletín Oficial del Estado», para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos de la mencionada sentencia.
Lo que digo a V. I. para su conocimiento y demás efectos.
Madrid, 20 de septiembre de 1995.-El Subsecretario, Luis Herrero.
Ilmo. Sr. Secretario general de Justicia.
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