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Documento BOE-A-1995-26252

Resolución de 6 de noviembre de 1995, de la Dirección General de Administración Penitenciaria, por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Primera) del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, con sede en Albacete, dictada en el recurso número 01/0000797/1993, interpuesto por don José María García Jiménez.

Publicado en:
«BOE» núm. 289, de 4 de diciembre de 1995, páginas 35101 a 35101 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Justicia e Interior
Referencia:
BOE-A-1995-26252

TEXTO ORIGINAL

Visto por la Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Primera) del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, con sede en Albacete, el recurso número 01/0000797/1993, interpuesto por don José María García Jiménez contra la resolución de la Secretaría General de Asuntos Penitenciarios de 27 de noviembre de 1992, que desestimó su petición de que el cómputo efectuado a efectos de reconocimiento de su sexto trienio se valorara como del grupo de clasificación A, dado que en la fecha de su vencimiento se encontraba realizando el curso selectivo como funcionario en prácticas del Cuerpo Técnico, la citada Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Primera) del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, con sede en Albacete, ha dictado sentencia de 2 de octubre de 1995, cuya parte dispositiva dice así:

«Fallamos: Que desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don José María García Jiménez contra la desestimación presunta, por silencio administrativo, del recurso de reposición formulado contra escrito de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, de 28 de septiembre de 1992, sobre denegación de reconocimiento de servicios prestados a efectos del devengo de trienios, debemos declarar y declaramos ajustadas a derecho las resoluciones impugnadas; todo ello sin costas.»

En su virtud, esta Dirección General, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 103 y siguientes de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso--Administrativa, ha dispuesto se cumpla en sus propios términos la expresada sentencia.

Lo que digo a V. I. para su conocimiento y efectos.

Madrid, 6 de noviembre de 1995.-El Director general, Martín Alberto Barciela Rodríguez.

Ilmo. Sr. Subdirector general de Personal.

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