En el recurso contencioso-administrativo número 285/1993, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por «Gestión y Organización Administrativa, Sociedad Anónima» (GOASA), contra Resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 25 de noviembre de 1992, se ha dictado, con fecha 21 de marzo de 1995, por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que desestimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación procesal de "Gestión y Organización Administrativa, Sociedad Anónima", en anagrama GOASA, contra la resolución desestimatoria del recurso de reposición interpuesto contra denegación de la marca 1.268.331 a que este recurso se contrae, por ser conforme dicha desestimación con el ordenamiento jurídico aplicable; sin hacer expresa imposición de costas.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 31 de octubre de 1995.-El Director general, Julián Alvarez Alvarez.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
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