En el ejercicio de las funciones de supervisión atribuidas por la Ley 9/1992, de 30 de abril, de Mediación en Seguros Privados, a la Dirección General de Seguros, y con arreglo a lo dispuesto en su artículo 19.2, se hace público que con fecha 30 de diciembre de 1994, la Dirección General de Seguros ha acordado la revocación de la autorización administrativa para ejercer la actividad de correduría de Seguros a los Corredores de Seguros que a continuación se relacionan, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 19.1.b) de dicha Ley:
Don Luis Manuel Lupiáñez Martínez (F-174).
Don Francisco José Gutiérrez Rivero (623).
Don Vicente Muñoz López (F-693).
Don José Bernabé López (F-1020).
Don José Manuel Jiménez de Liz (F-1040).
Don Francisco Javier Torregrosa Díaz (F-1059).
Doña María Rosa Solans Colomer (F-1311).
Don Alfonso Arcas Ardanuy (F-1344).
Don Jaime Pedrós Ibiza (F-1464).
Don Luis Manuel Carrión Molina (F-1630).
Con fecha 30 de diciembre de 1994 han sido, por tanto, excluidos del Registro Especial de Corredores de Seguros, conforme a lo previsto en el artículo 19.2 de la Ley 9/1992, de 30 de abril, de Mediación en Seguros Privados.
Madrid, 30 de diciembre de 1994.-El Director general de Seguros. P. D., el Subdirector general de Ordenación del Mercado de Seguros, Alejandro Izuzquiza Ibáñez de Aldecoa.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid