En el recurso contencioso-administrativo número 1/2.027/1991, interpuesto ante el Tribunal Supremo por la representación procesal de la Federación de Servicios de la Administración Pública de Comisiones Obreras contra el Real Decreto 1508/1991, de 11 de octubre, por el que se regula el derecho de opción de los funcionarios afectados por la creación del ente público Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea, se ha dictado auto en fecha 14 de febrero de 1995, cuya parte dispositiva, literalmente, dice:
«La Sala acuerda declarar caducado el presente recurso contencioso-administrativo número 1/2.027/1991, interpuesto por el representante procesal de Federación de Servicios de la Administración Pública de Comisiones Obreras.»
Esta Subsecretaría, de conformidad con lo establecido en los artículos 103 y siguientes de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, ha dispuesto que se cumpla en sus propios términos el referido auto.
Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y cumplimiento.
Madrid, 6 de noviembre de 1995.-El Subsecretario, Antonio Llardén Carratalá.
Ilmo. Sr. Director general de Recursos Humanos.
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