En el recurso contencioso-administrativo número 1/808/1993, interpuesto ante el Tribunal Supremo por la representación procesal de don Andrés Baena Altisent y otros contra la resolución relativa al expediente de expropiación forzosa: «Aeropuerto de Barajas. Nueva zona aeroportuaria, primera fase», se ha dictado auto en fecha 30 de mayo de 1995, cuya parte dispositiva, literalmente, dice:
«La Sala declara apartada y desistida, y terminado este procedimiento; sin hacer expresa imposición de costas.»
Esta Subsecretaría, de conformidad con lo establecido en los artículos 103 y siguientes de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, ha dispuesto que se cumpla en sus propios términos el referido auto.
Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y cumplimiento.
Madrid, 6 de noviembre de 1995.-El Subsecretario, Antonio Llardén Carratalá.
Ilmo. Sr. Director general de Administración y Servicios.
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