En cumplimiento de lo solicitado por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo (Sección Tercera), y en virtud de lo dispuesto en el artículo 64.1 de la vigente Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa,
Esta Subsecretaría acuerda la remisión del expediente administrativo correspondiente al recurso contencioso-administrativo anteriormente referenciado, interpuesto por la Asociación de Secretarios de Cámaras Oficiales de la Propiedad Urbana, contra el Real Decreto 2308/1994, de 2 de diciembre, sobre régimen y destino del patrimonio y personal de las Cámaras Oficiales de la Propiedad Urbana y su Consejo Superior.
Asimismo, y a tenor de lo dispuesto en la norma anteriormente citada, se emplaza a todas aquellas personas físicas y jurídicas a cuyo favor hubieran derivado o derivasen derechos de la resolución impugnada y a quienes tuvieran interés directo en el mantenimiento de la misma, para que comparezcan y se personen en autos, ante la referida Sala, en el plazo de nueve días siguientes a la notificación o, en su caso, publicación de la presente Resolución.
Madrid, 10 de noviembre de 1995.-El Subsecretario, Fernando Sequeira de Fuentes.
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