Suscrito previa tramitación reglamentaria, entre el Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente, la Generalidad de Cataluña y el Ayuntamiento de Sant Just Desvern, el día 19 de diciembre de 1994, un Convenio de cooperación para la rehabilitación del conjunto residencial «Walden-7», al amparo del Real Decreto 726/1993, y en cumplimiento de lo establecido en el punto noveno del Acuerdo de Consejo de Ministros de 2 de marzo de 1990 («Boletín Oficial del Estado» del 16), procede la publicación de dicho Convenio que figura como anexo de esta Resolución.
Madrid, 28 de diciembre de 1994.-El Director general, Borja Carreras Moysi.
CONVENIO DE COOPERACION ENTRE EL MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS, TRANSPORTES Y MEDIO AMBIENTE, LA GENERALIDAD DE CATALUÑA Y EL AYUNTAMIENTO DE SANT JUST DESVERN PARA LA REHABILITACION DEL CONJUNTO RESIDENCIAL «WALDEN-7», AL AMPARO DEL REAL DECRETO 726/1993
En Madrid, a 19 de diciembre de 1994.
REUNIDOS
De una parte:
El excelentísimo señor don José Borrell Fontelles, Ministro de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente.
De una parte:
El honorable señor don Jaume Roma Rodríguez, Consejero de Política Territorial y Obras Públicas de la Generalidad de Cataluña.
Y de otra:
El excelentísimo señor don Ramón López i Lozano, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Sant Just Desvern.
Reconociéndose mutuamente las partes intervinientes la capacidad legal necesaria para el otorgamiento de este Convenio, y al efecto
EXPONEN
El progresivo proceso de degradación de los edificios que componen el conjunto residencial «Walden-7» de Sant Just Desvern ha provocado en el municipio un grave problema social y de seguridad que hace precisa una intervención urgente en dicho conjunto.
La propia situación de la edificación provoca graves problemas de habitabilidad en un considerable número de viviendas, que por este motivo deben permanecer desocupadas.
El Ayuntamiento de Sant Just Desvern, actual titular del conjunto residencial «Walden-7», ha manifestado su voluntad de llevar a cabo la rehabilitación del mismo, a través de las siguientes acciones:
a) Rehabilitar interiormente las 55 viviendas desocupadas, que representan la séptima parte del total.
b) Rehabilitar íntegramente el conjunto residencial.
Como consecuencia de ello, y dentro de un marco más amplio de actuaciones donde se contempla la construcción de vivienda protegidas, se firmó un Convenio entre el Departamento de Política Territorial y Obras Públicas de la Generalidad de Cataluña y el Ayuntamiento de Sant Just Desvern, en el que se acordaba declarar el conjunto residencial «Walden-7» como área de rehabilitación y proponer, en el marco del Plan de la Vivienda 1992-1995, al Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente, la aportación, mediante la firma del correspondiente Convenio, de la ayuda prevista en el artículo 2.2 del Real Decreto 726/1993, de 14 de mayo.
En consecuencia, de conformidad con los antecedentes citados, las partes firmantes
ACUERDAN
Primero.-El conjunto residencial «Walden-7» de Sant Just Desvern se considerará área de rehabilitación a efectos de lo que dispone el artículo 2 del Real Decreto 726/1993, de 14 de mayo.
Segundo.-De acuerdo con lo dispuesto en el apartado 2 del citado artículo, el Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente aportará al promotor de la actuación de rehabilitación una subvención de 182.865.168 pesetas, equivalente al 30 por 100 del presupuesto total de las sobras, cifrado en 609.550.562 pesetas.
Dicha ayuda será sustitutiva de otras establecidas en el citado Real Decreto.
Tercero.-El resto de financiación, hasta completar la totalidad del presupuesto citado, será aportado por el Ayuntamiento de Sant Just Desvern.
Cuarto.-El calendario de ejecución de las obras será entre agosto de 1993 y abril de 1995, tal y como se especifica en el nexo del presente Convenio y de acuerdo con las anualidades también allí indicadas.
Quinto.-El abono de la subvención se producirá, previa transferencia de los fondos correspondientes por parte del Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente, a través de la Dirección General de Arquitectura y Vivienda, y se fraccionará en dos pagos, abonándose el 50 por 100 (91.432.584 pesetas) a la firma del Convenio en septiembre de 1994 y el 50 por 100 restante (91.432.584 pesetas) como último pago cuando se certifique la finalización de las obras.
La aportación del Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente se efectuará con cargo al subconcepto 752.08, programa 431A.
Sexto.-El presente Convenio será revisado con una periodicidad anual, y de sus resultados se remitirá un informe a las partes implicadas.
Séptimo.-La participación de las distintas instituciones deberá hacerse constar en cuanta información al público se refiera a las actuaciones objeto del presente Convenio y, en particular, en los carteles exteriores descriptivos de las obras.
En prueba de conformidad, se firma el presente Convenio en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.
El Ministro de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente, José Borrell Fontelles.-El Consejero de Política Territorial y Obras Públicas, Jaume Roma Rodríguez.-El Alcalde-Presidente de Sant Just Desvern, Ramón López y Lozano.
ANEXO
Calendario previsto:
Ejecución obras: Inicio: Agosto 1993. Finalización: Abril 1995.
Flujo de pagos y cobros
Años / Pagos - Pesetas / Ingresos: Aportación municipal - Pesetas / Aportación MOPTMA - Pesetas
1993 / 8.165.406 / 8.165.406 / -
1994 / 440.415.016 / 348.982.432 / 91.432.584
1995 / 160.970.140 / 69.537.556 / 91.432.584
Total / 609.550.562 / 424.685.394 / 182.865.168
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