Para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos se publica el fallo de la sentencia firme dictada con fecha de 3 de febrero de 1995 por la Sección Quinta de la Audiencia Nacional, en el recurso contencioso-administrativo número 5/1862/1991, promovido por don Fernando Sanjuán Martín, contra resolución expresa de este Ministerio por la que se estima en parte el recurso de reposición formulado sobre sanción disciplinaria, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
«Fallamos: Que estimando el recurso contencioso-administrativo número 1862/1992, interpuesto por la representación procesal de don Fernando Sanjuán Martín, contra la resolución del Ministerio de Sanidad y Consumo de 11 de enero de 1991, anulamos dicha resolución por ser contraria al ordenamiento jurídico, dejando como dejamos sin efecto la sanción impuesta al recurrente; sin hacer expresa condena en costas.»
Lo que digo a V. I. a los efectos de lo dispuesto en el artículo 103 de la vigente Ley reguladora de la Jurisdicción de lo Contencioso-Administrativo.
Madrid, 15 de noviembre de 1995.-P. D. (Orden de 2 de noviembre de 1994, «Boletín Oficial del Estado» del 4), el Subsecretario, José Luis Temes Montes.
Ilma. Sra. Directora general del Instituto Nacional de la Salud.
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