Para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos se publica el fallo de la sentencia firme dictada con fecha de 7 de julio de 1995 por la Sección Tercera de la Audiencia Nacional en el recurso contencioso-administrativo número 3/2072/1992, promovido por don José Quintana Prieto contra resolución expresa de este Ministerio por la que se confirma en reposición la sanción disciplinaria impuesta al recurrente, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
«Fallamos: Primero.-Que debemos desestimar y desestimamos el presente recurso número 3/2072/1992, interpuesto por la representación de don José Quintana Prieto, contra las resoluciones del Ministerio de Sanidad y Consumo de fecha 21 de junio de 1990 descritas en el primer fundamento de derecho, que se confirman en su integridad por ajustarse al ordenamiento jurídico.
Segundo.-No hacemos una expresa condena en costas».
Lo que digo a V. I. a los efectos de lo dispuesto en el artículo 103 de la vigente Ley Reguladora de la Jurisdicción de lo Contencioso-Administrativo.
Madrid, 23 de noviembre de 1995.-P. D. (Orden de 28 de octubre de 1992, «Boletín Oficial del Estado» de 14 de noviembre), el Subsecretario, José Luis Temes Montes.
Ilma. Sra. Directora general del Instituto Nacional de la Salud.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid