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Visto el expediente de indulto de don Gonzalo Morales Guerrero, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Cádiz, en sentencia de fecha 25 de noviembre de 1991, como autor de un delito de estafa, a la pena de seis meses de arresto mayor y seis años y un día de inhabilitación especial, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1988, a propuesta del Ministro de Justicia e Interior y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 3 de noviembre de 1995,
Vengo en conmutar a don Gonzalo Morales Guerrero la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento por multa de 200.000 pesetas, a condición de que abone la misma en el plazo que determine el Tribunal sentenciador y no vuelva a cometer delito durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.
Dado en Madrid a 3 de noviembre de 1995.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia e Interior,
JUAN ALBERTO BELLOCH JULBE
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