Para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos se publica el fallo de la sentencia firma dictada con fecha 16 de marzo de 1995 por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (Sección Séptima) en el recurso contencioso-administrativo número 689/1993, promovido por don Manuel Yunta Maceda, contra resolución expresa de este Ministerio, desestimatoria de la petición formulada sobre reconocimiento del coeficiente 4 e índice de proporcionalidad 10, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
«Fallamos: Que desestimando el recurso interpuesto por don Manuel Yunta Maceda contra la resolución del Subsecretario de Sanidad y Consumo de 21 de enero de 1991, denegatoria de su petición de reconocimiento de índice de proporcionalidad 10, coeficiente 4, en calidad de Administrador general de hospital, debemos declarar y declaramos ajustada a Derecho dicha resolución; sin hacer imposición de costas.»
Lo que digo a V.I., a los efectos de lo dispuesto en el artículo 103 de la vigente Ley Reguladora de la Jurisdicción de lo Contencioso-Administrativo.
Madrid, 23 de noviembre de 1995.-P. D. (Orden de 28 de octubre de 1992, «Boletín Oficial del Estado» de 14 de noviembre), el Subsecretario, José Luis Temes Montes.
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