Como consecuencia del expediente incoado en aplicación del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, a instancia de don Tomás Pastor Gutiérrez, con domicilio social en Madrid, paseo San Francisco de Sales, 44, P-10, código postal 28003,
Esta Dirección General ha resuelto otorgar el certificado de aceptación al router para líneas alquiladas de 64 Kbps, marca «Cisco», modelo 1002, con la inscripción E 99 94 0627, que se inserta como anexo a la presente Resolución.
En cumplimiento de lo previsto en el artículo 18.2 del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, la validez de dicho certificado queda condicionada a la obtención del número de inscripción en el Registro de Importadores, Fabricantes o Comercializadores que otorgará la Administración de Telecomunicaciones.
Madrid, 15 de noviembre de 1994.-El Director general, Javier Nadal Ariño.
ANEXO
Certificado de aceptación
En virtud de lo establecido en el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, aprobado por Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), se emite por la Dirección General de Telecomunicaciones el presente certificado de aceptación para el
Equipo: Router para líneas alquiladas de 64 Kbps.
Fabricado por: «Cisco Systems, Inc.», en Estados Unidos.
Marca: «Cisco».
Modelo: 1002.
por el cumplimiento de la normativa siguiente:
Artículo 8.2 del Real Decreto 1066/1989,
con la inscripción / E / 99 94 0627 /
y plazo de validez hasta el 30 de noviembre de 1999, condicionado a la aprobación de las especificaciones técnicas.
Y para que surta los efectos previstos en el punto 17 del artículo primero de la Ley 32/1992, de 3 de diciembre, de modificación de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones («Boletín Oficial del Estado» número 291, del 4), expido el presente certificado.
Madrid, 15 de noviembre de 1994.-El Director general de Telecomunicaciones, Javier Nadal Ariño.
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