Como consecuencia del expediente incoado en aplicación del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, a instancia de «Tecno-Data, Sociedad Anónima», con domicilio social en Barcelona, calle Navarra, 15 y 17, primera planta, código postal 08014,
Esta Dirección General ha resuelto otorgar el certificado de aceptación al transmisor para telemando, marca «Tecno-Data», modelo Data Star, con la inscripción E 99 94 0620, que se inserta como anexo a la presente Resolución.
En cumplimiento de lo previsto en el artículo 18.2 del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, la validez de dicho certificado queda condicionada a la obtención del número de inscripción en el Registro de Importadores, Fabricantes o Comercializadores que otorgará la Administración de Telecomunicaciones.
Madrid, 15 de noviembre de 1994.-El Director general, Javier Nadal Ariño.
ANEXO
Certificado de aceptación
En virtud de lo establecido en el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, aprobado por Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), se emite por la Dirección General de Telecomunicaciones el presente certificado de aceptación para el
Equipo: Transmisor para telemando.
Fabricado por: «Tecno-Data, Sociedad Anónima», en España.
Marca: «Tecno-Data».
Modelo: Data Star.
por el cumplimiento de la normativa siguiente:
Artículo 8.2 del Real Decreto 1066/1989,
con la inscripción / E / 99 94 0620 /
y plazo de validez hasta el 30 de noviembre de 1999, condicionado a la aprobación de las especificaciones técnicas.
Advertencia:
Potencia máxima: 0,05 mW.
Separación canales adyacentes: 10 KHz.
Banda utilizable: 29,710 - 30,975 MHz, según UN-8 del CNAF.
Modulación: Amplitud.
Y para que surta los efectos previstos en el punto 17 del artículo primero de la Ley 32/1992, de 3 de diciembre, de modificación de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones («Boletín Oficial del Estado» número 291, del 4), expido el presente certificado.
Madrid, 15 de noviembre de 1994.-El Director general de Telecomunicaciones, Javier Nadal Ariño.
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