Como consecuencia del expediente incoado en aplicación del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, a instancia de «Nec Ibérica, Sociedad Anónima», con domicilio social en Madrid, avenida de Burgos, 16-D, edificio «Euromor», código postal 28036,
Esta Dirección General ha resuelto otorgar el certificado de aceptación el teléfono celular portátil (900 MHz), marca Nec, modelo P7, con la inscripción E 99 94 0621, que se inserta como anexo a la presente Resolución.
En cumplimiento de lo previsto en el artículo 18.2 del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, la validez de dicho certificado queda condicionada a la obtención del número de inscripción en el Registro de Importadores, Fabricantes o Comercializadores que otorgará la Administración de Telecomunicaciones.
Madrid, 15 de noviembre de 1994.-El Director general, Javier Nadal Ariño.
ANEXO
Certificado de aceptación
En virtud de lo establecido en el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, aprobado por Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), se emite por la Dirección General de Telecomunicaciones el presente certificado de aceptación, para el
Equipo: Teléfono celular portátil (900 MHz).
Fabricado por: «Nec Technologies (UK) Ltd.», en Reino Unido.
Marca: «Nec».
Modelo: P7.
por el cumplimiento de la normativa siguiente:
Real Decreto 570/1992, de 29 de mayo («Boletín Oficial del Estado» de 29 de julio),
con la inscripción / E / 99 94 0621 /
y plazo de validez hasta el 30 de noviembre de 1999.
Y para que surta los efectos previstos en el punto 17 de artículo primero de la Ley 32/1992, de 3 de diciembre, de modificación de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones («Boletín Oficial del Estado» número 291, del 4), expido el presente certificado en los términos establecidos en el artículo 14.2, Real Decreto 1066/1989.
Madrid, 15 de noviembre de 1994.-El Director general de Telecomunicaciones, Javier Nadal Ariño.
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