Habiéndose firmado el día 7 de noviembre de 1995 un Convenio de colaboración entre el Ministerio de Asuntos Sociales y la Generalidad de Cataluña para la realización de programas para el desarrollo de servicios de atención a la primera infancia (cero-tres años), procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio, que figura como anexo a la presente Resolución.
Lo que se comunica a los efectos oportunos.
Madrid, 24 de noviembre de 1995.-El Subsecretario, Javier Valero Iglesias.
CONVENIO DE COLABORACION ENTRE EL MINISTERIO DE ASUNTOS SOCIALES Y LA GENERALIDAD DE CATALUÑA PARA LA REALIZACION DE PROGRAMAS PARA EL DESARROLLO DE SERVICIOS DE ATENCION A LA PRIMERA INFANCIA (CERO-TRES AÑOS)
En Madrid, a 7 de noviembre de 1995.
REUNIDOS
De una parte, la excelentísima señora doña Cristina Alberdi Alonso, Ministra de Asuntos Sociales, en nombre y representación del Gobierno de la Nación, por delegación conferida por acuerdo del Consejo de Ministros del día 21 de julio de 1995, y de otra parte, el excelentísimo señor don Antoni Comas i Baldellou, Consejero del Departamento de Bienestar Social de la Generalidad de Cataluña.
EXPONEN
Primero.-Que al Ministerio de Asuntos Sociales le corresponde la protección y promoción del menor y la familia, de acuerdo con lo previsto en los Reales Decretos 727/1988, de 11 de julio; 791/1988, de 20 de julio; 2129/1993, de 3 de diciembre, y en el artículo 2 del Real Decreto 2309/1994, de 2 de diciembre.
Segundo.-Que la Ley 41/1994, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1995 («Boletín Oficial del Estado» del 31), recoge una partida presupuestaria en el concepto 27.04.313O.451.01, con destino a programas de desarrollo de los servicios de atención a la primera infancia (cero-tres años).
Tercero.-Que es voluntad del Ministerio de Asuntos Sociales promover y potenciar la realización de programas que permitan ampliar los servicios existentes de atención a la primera infancia (cero-tres años).
Cuarto.-Que la Generalidad de Cataluña ostenta competencias en materia de asistencia social, de acuerdo con el artículo 9.25 de su Estatuto (Ley Orgánica 4/1979, de 18 de diciembre), y el Real Decreto de transferencia 1949/1980, de 31 de julio.
Quinto.-Que la Conferencia Sectorial de Asuntos Sociales, en su reunión celebrada el día 25 de octubre de 1994, fijó los criterios para la selección de los programas a subvencionar con cargo al capítulo presupuestario referido, siendo aprobado por Acuerdo del Consejo de Ministros del día 3 de marzo del presente año («Boletín Oficial del Estado» de 8 de abril).
Sexto.-Que la Generalidad de Cataluña tiene prevista la puesta en marcha de programas de las características apuntadas.
Por lo que, acuerdan suscribir el Convenio de colaboración, de acuerdo con lo establecido en el artículo 6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, con arreglo a las siguientes
CLAUSULAS
Primera.-El presente Convenio tiene por objeto establecer la colaboración entre el Ministerio de Asuntos Sociales y la Generalidad de Cataluña, para el desarrollo de los programas destinados a crear servicios de atención a la primera infancia (cero-tres años) que se especifican en el anexo de este Convenio.
Segunda.-La Generalidad de Cataluña pondrá en marcha los programas a que se hace referencia en el apartado anterior.
Tercera.-Para sufragar los costes de las mencionadas experiencias la Generalidad de Cataluña y las Corporaciones Locales, estas últimas de conformidad con los acuerdos suscritos con la Comunidad, aportan la cantidad total de 83.468.409 pesetas, como participación en la financiación de los programas, de acuerdo con el desglose que se contiene en el anexo de este Convenio.
Cuarta.-El Ministerio de Asuntos Sociales, con cargo a su dotación presupuestaria 27.04.313O.451.01 para el ejercicio de 1995, aporta la cantidad de 71.872.633 pesetas como participación en la financiación de los programas, de conformidad con el desglose que se contiene en el anexo de este Convenio.
Quinta.-El Ministerio de Asuntos Sociales tranferirá la cantidad señalada en la cláusula anterior una vez firmado este Convenio.
Sexta.-La Comunidad Autónoma deberá:
A) Aplicar los fondos aportados por el Ministerio de Asuntos Sociales a los gastos correspondientes a la ejecución y desarrollo de los programas que se especifican en este Convenio de colaboración.
B) Informar de la puesta en marcha de los servicios previstos en el programa y proporcionar al Ministerio de Asuntos Sociales la información que recabe en relación con el presente Convenio.
C) Elaborar los documentos necesarios que permitan recoger los datos técnicos sobre los servicios financiados.
Séptima.-La Generalidad de Cataluña elaborará, al finalizar la vigencia del Convenio, una Memoria financiera y técnica de cada proyecto que, al menos, recoja:
Fecha de puesta en marcha.
Información económica.
Activicades realizadas.
Recursos utilizados.
Sectores atendidos.
Resultados obtenidos.
Datos estadísticos.
Dificultades y propuestas.
Valoración del programa.
Octava.-Para el seguimiento del presente Convenio se constituye una Comixión Mixta formada por los siguientes miembros:
Tres representantes del Ministerio de Asuntos Sociales designados por el Subsecretario del Departamento.
Tres representantes de la Generalidad de Cataluña.
Serán funciones de esta Comisión:
a) El conocimiento, seguimiento y valoración de los programas acordados.
b) La aprobación de la Memoria.
c) La interpretación del presente Convenio.
La Comisión se reunirá con la periodicidad que se determine en el momento de su constitución y, en todo caso, para aprobar la Memoria a que se hace referencia en la cláusula séptima.
En la reunión de constitución de la Comisión se realizará una evaluación inicial de la puesta en marcha del programa.
Novena.-Este Convenio tendrá vigencia durante el período de un año desde la fecha de su firma.
Décima.-Las cuestiones litigiosas que pudieran derivarse del presente Convenio, dada su naturaleza administrativa, serán sometidas a la jurisdicción contencioso-administrativa.
Y en prueba de conformidad, firman el presente Convenio, en duplicado ejemplar, quedándose uno en poder de cada parte, en el lugar y fecha antes indicados.-La Ministra de Asuntos Sociales, Cristina Alberdi Alonso.-El Consejero del Departamento de Bienestar Social, Antoni Comas i Baldellou.
ANEXO
Aportación de la Generalidad de Cataluña, Corporaciones Locales y Ministerio de Asuntos Sociales para el desarrollo de servicios de atención a la primera infancia. 1995
Pesetas
Barcelona
1. Creación del servicio de atención a la infancia «Juguem plegats», en Badalona:
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local / 2.500.000
Aportación Ministerio de Asuntos Sociales / 2.500.000
2. Creación de «La Casa Petita», en Vilafranca del Penedés:
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local / 1.274.410
Aportación Ministerio de Asuntos Sociales / 1.274.410
3. Continuidad de la ampliación de plazas en el Servicio de Atención a la Primera Infancia «Mira com creix», de Prat de Llobregat, financiada de 1991 a 1994, ambos inclusive:
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local / 3.293.435
Aportación Ministerio de Asuntos Sociales / 3.293.435
4. Continuidad del centro materno-infantil «Can Palmer», de Viladecans, financiado de 1992 a 1994, ambos inclusive:
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local / 6.500.000
Aportación Ministerio de Asuntos Sociales / 6.500.000
5. Continuidad de la ampliación de horario en el centro abierto de atención a la infancia de Badía del Vallès, financiada en 1994:
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local / 2.850.000
Aportación Ministerio de Asuntos Sociales / 2.280.000
6. Continuidad del centro para la infancia «La Casa dels Arbres», en Hospitalet de Llobregat, financiado en 1994:
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local / 6.559.461
Aportación Ministerio de Asuntos Sociales / 6.559.461
7. Continuidad de la ampliación de horario en el centro abierto de atención a la infancia «Los Naranjos», de Hospitalet de Llobregat, financiada en 1994:
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local / 8.565.428
Aportación Ministerio de Asuntos Sociales / 3.750.000
8. Continudad de la ampliación de horario en el centro abierto de atención a la infancia «Maricel», de Masnou, financiada en 1994:
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local / 3.101.069
Aportación Ministerio de Asuntos Sociales / 3.101.069
9. Continuidad del centro abierto de atención a la infancia «Hola Menuts», en Sant Vicenç dels Horts, financiado en 1994:
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local / 3.146.849
Aportación Ministerio de Asuntos Sociales / 2.125.000
10. Continuidad de la ampliación de plazas en el centro abierto de atención a la infancia de Terrassa, financiada en 1994:
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local / 1.478.256
Aportación Ministerio de Asuntos Sociales / 1.478.256
11. Continuidad de la ampliación de horario en el centro abierto de atención a la infancia «Parc Balmes», de Vic, financiada en 1994:
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local / 3.302.325
Aportación Ministerio de Asuntos Sociales / 3.302.325
12. Continuidad de «La Casa Oberta», de Vilanova i Geltru, financiada en 1994:
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local / 3.850.000
Aportación Ministerio de Asuntos Sociales / 3.850.000
13. Continuidad de la ampliación de horario en el centro abierto de atención a la infancia «La Finestra», de Vilafranca del Penedès, financiada en 1994:
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local / 4.425.203
Aportación Ministerio de Asuntos Sociales / 4.425.203
Girona
14. Continuidad del servicio socioeducativo para familias con menores de cero a cuatro años del Consejo Comarcal del Baix Empordá, financiado en 1994:
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local / 15.185.589
Aportación Ministerio de Asuntos Sociales / 10.000.000
Lleida
15. Continuidad de la ampliación de plazas en el Programa de Atención a la Infancia en Riesgo de cero a seis años, «Atenem als petits», de Solsona, financiada de 1992 a 1994, ambos inclusive:
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local / 1.002.910
Aportación Ministerio de Asuntos Sociales / 1.000.000
16. Continuidad de la Escuela Infantil «Secà de Sant Pere», de Lleida, financiada en 1994:
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local / 16.060.474
Aportación Ministerio de Asuntos Sociales / 16.060.474
17. Continuidad del servicio educativo rural de Tornabous, financiado en 1994:
Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local / 373.000
Aportación Ministerio de Asuntos Sociales / 373.000
Total aportación Comunidad Autónoma y Corporaciones Locales / 83.468.409
Total aportación Ministerio de Asuntos Sociales / 71.872.633
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid