Con fecha 22 de diciembre de 1994, este Ministerio acordó revocar a la entidad «Royal Assistance Compañía Española de Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima» (en liquidación), la autorización administrativa para ejercer la actividad aseguradora privada, conforme a lo dispuesto en el artículo 29.1, letra f) de la Ley 33/1984, de 2 de agosto, sobre Ordenación del Seguro Privado.
La entidad en Junta general extraordinaria, de fecha 18 de julio de 1995, acordó rehabilitar la sociedad revocando, en consecuencia, el acuerdo de disolución, reduciendo y aumentando simultáneamente el capital social para adaptar a la entidad a los requisitos legales vigentes, cesando a los liquidadores de la sociedad y procediendo al nombramiento de Consejeros.
De la documentación que adjunta la entidad a la solicitud formulada se desprende que «Royal Assistance Compañía Española de Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima» (en liquidación), ha justificado el cumplimiento de las garantías y requisitos exigibles durante el funcionamiento normal a las entidades aseguradoras.
En consecuencia, este Ministerio, a propuesta de la Dirección General ha acordado:
Rehabilitar a la entidad «Royal Assistance Compañía Española de Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima» (en liquidación), la autorización administrativa que le fue revocada con fecha 22 de diciembre de 1994, conforme al artículo 29 1, letra f) de la Ley 33/1984, de 2 de agosto, sobre Ordenación del Seguro Privado, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 30.4 de la Ley de Ordenación del Seguro Privado.
Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 3 de noviembre de 1995.-P. D. (Orden de 29 de diciembre de 1986), el Secretario de Estado de Economía, Alfredo Pastor Bodmer.
Ilmo. Sr. Director general de Seguros.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid