Visto el expediente promovido por el representante legal de la titularidad del centro privado de Bachillerato denominado «San Andrés», de Vega de Espinareda (León), en solicitud de autorización de cese de actividades,
Este Ministerio ha resuelto:
Autorizar el cese de actividades al centro privado de Bachillerato que se relaciona a continuación:
Provincia: León. Municipio: Vega de Espinareda. Localidad: Vega de Espinareda. Denominación: «San Andrés». Titular: Obispado de Astorga.
Se autoriza el cese de actividades como centro de Bachillerato con efectos de finalización del curso 1994/1995, anulándose a partir de ese momento su inscripción en el Registro de Centros. Asimismo, queda nula y sin ningún valor la Orden que autorizó el funcionamiento legal de dicho centro, siendo necesario para el caso de que se instase la reapertura del mismo, dar cumplimiento a los preceptos de la Ley Orgánica reguladora del Derecho a la Educación y disposiciones complementarias en materia de autorización de centros.
Contra la presente resolución, el interesado podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses desde el día de su notificación, previa comunicación a este Ministerio, de acuerdo con los artículos 37.1 y 58 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, y el artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Madrid, 24 de noviembre de 1995.-P. D. (Orden de 26 de octubre de 1988, «Boletín Oficial del Estado» del 28), el Secretario de Estado de Educación, Alvaro Marchesi Ullastres.
Ilma. Sra. Directora general de Centros Escolares.
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