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Documento BOE-A-1995-27657

Resolución de 30 de noviembre de 1995, del Departamento de Gestión Tributaria de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se concede la exención prevista en el artículo 9.1,i) de la Ley 18/1991, de 6 de junio, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, al Premio Nacional de fotografia para 1995, convocado por el Ministerio de Cultura.

Publicado en:
«BOE» núm. 307, de 25 de diciembre de 1995, páginas 36861 a 36862 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1995-27657

TEXTO ORIGINAL

Vista la instancia formulada por el Ministerio de Cultura, en calidad de convocante, con número de identificación fiscal S-2828001D, presentada con fecha 24 de noviembre de 1995, en la Agencia Estatal de Administración Tributaria, en la que se solicita la concesión de la exención del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de determinados premios literarios, artísticos o científicos, prevista en el artículo 9.1,i) de la Ley 18/1991, de 6 de junio, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas («Boletín Oficial del Estado» del 7), al Premio Nacional de Fotografía para 1995.

Vistas la Ley 18/1991, de 6 de junio, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, el Reglamento del citado Impuesto aprobado por el artículo 1.º del Real Decreto 1841/1991, de 30 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» del 31) y la Orden de 5 de octubre de 1992, por la que se establece el procedimiento para la concesión de la exención del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de determinados premios literarios, artísticos o científicos («Boletín Oficial del Estado» del 16);

Considerando que este Departamento de Gestión Tributaria de la Agencia Estatal de Administración Tributaria es competente para declarar la exención que se solicita, de conformidad con lo establecido en el apartado segundo de la Orden de 5 de octubre de 1992, por la que se establece el procedimiento para la concesión de la exención del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de determinados premio literarios, artísticos o científicos, y que la solicitud se ha presentado en plazo, según determina el artículo 3.2.5 del Reglamento del citado Impuesto;

Considerando que el Premio Nacional de Fotografía para 1995 se otorga, según lo establecido en la disposición segunda de la Orden de 22 de junio de 1995, por la que se regulan los premios nacionales del Ministerio de Cultura y se convocan los correspondientes a 1995 («Boletín Oficial del Estado» del 29), como recompensa y reconocimiento a la meritoria labor del galardonado puesta de manifiesto a través de la calidad de su obra y su significación sobresaliente e innovadora a la vida cultural y artística española, acorde con lo que a efectos de la exención del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, se entiende por premio;

Considerando que, el concedente del premio no está interesado en la explotación económica de la obra premiada y que dicho premio, según lo estipulado en la disposición octava de la citada Orden de 22 de junio de 1995, no implica ni exige la cesión o limitación de los derechos de propiedad de la obra premiada;

Considerando que, según determina la disposición segunda de la Orden de 22 de junio de 1995, el premio se concede respecto de actividades desarrolladas con anterioridad a su convocatoria;

Considerando que, la convocatoria del premio, de acuerdo con la disposición primera de la citada Orden, tiene carácter nacional y es de periodicidad anual;

Considerando que, la convocatoria del Premio Nacional de Fotografía para 1995, no establece limitación alguna respecto a los concursantes por razones ajenas a la propia esencia del premio;

Considerando que, el anuncio de la convocatoria del premio se ha hecho público en el «Boletín Oficial del Estado» el 29 de junio de 1995, así como en un periódico de gran circulación nacional;

Considerando que, en virtud de lo anteriormente expuesto, resultan cumplidos los requisitos establecidos en el artículo 3 del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas para la declaración de la exención.

Procede adoptar el siguiente acuerdo:

Conceder la exención en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas al Premio Nacional de Fotografía para 1995, convocado por el Ministerio de Cultura.

La declaración de exención tendrá validez para sucesivas convocatorias siempre y cuando no se modifiquen los términos que motivan el expediente.

El convocante queda obligado a comunicar a este Departamento de Gestión Tributaria, dentro del mes siguiente a la fecha de concesión, los apellidos y el nombre o la razón o denominación social y el número de identificación fiscal de las personas o entidades premiadas, el premio concedido a cada una de ellas y la fecha de su concesión. Asimismo, tratándose de sucesivas convocatorias deberá acompañarse a la citada comunicación las bases de la convocatoria del premio y una copia del anuncio de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» o de la Comunidad Autónoma y en, al menos, un periódico de gran circulación nacional (artículo 3.2.5 y 3 del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de 30 de diciembre y apartado tercero de la Orden de 5 de octubre de 1992).

Contra dicho acuerdo podrá interponer recurso de reposición ante este Departamento de Gestión Tributaria o reclamación económico-administrativa ante el Tribunal Económico-Administrativo Central, en el plazo de quince días hábiles contados a partir del siguiente a la recepción de la notificación del presente acuerdo.

Madrid, 30 de noviembre de 1995.-El Director del Departamento, Fernando Díaz Yubero.

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