De conformidad con lo establecido en la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, dispongo que se cumpla en sus propios términos estimatorios la expresada sentencia sobre pensión de orfandad.
Madrid, 12 de diciembre de 1995.-El Secretario de Estado de Administración Militar, Emilio Octavio de Toledo y Ubieto.
Excmo. Sr. Almirante Presidente de la Asociación Mutua Benéfica de la Armada.
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