Está Vd. en

Documento BOE-A-1995-27846

Resolución de 5 de diciembre de 1995, de la Dirección de Administración de Industria, Energía y Minas del Departamento de Industria, Agricultura y Pesca, por la que se prorroga la homologación concedida a determinadas chimeneas modulares metálicas, fabricadas por la empresa «Negarra, Sociedad Anónima», en Lemona (Bizkaia).

Publicado en:
«BOE» núm. 310, de 28 de diciembre de 1995, páginas 37430 a 37430 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma del País Vasco
Referencia:
BOE-A-1995-27846

TEXTO ORIGINAL

Recibida en la Dirección General de Administración de Industria, Energía y Minas la solicitud presentada en la Delegación Territorial de Bizkaia, del Departamento de Industria, Agricultura y Pesca, con fecha 28 de septiembre de 1995, por «Negarra, Sociedad Anónima», número RI 48/17.910, con domicilio en Lemona, barrio Arraibi, número 5, Territorio Histórico de Bizkaia, para la prórroga de la homologación concedida a las chimeneas modulares metálicas de diámetros nominales 125, 150, 175, 200, 250 y 300 milímetros, y marcas «Negarra», «Cliber» y «Duero», fabricadas por «Negarra, Sociedad Anónima», en su instalación industrial ubicada en Lemona, barrio Arraibi, número 5, Territorio Histórico de Bizkaia;

Resultando que por Resolución de 9 de noviembre de 1993, de la Dirección de Administración y Seguridad Industrial, se procedió a la homologación de las chimeneas modulares de diámetros nominales 125 y 150 milímetros, marca «Negarra», con la contraseña de homologación CHM-0080P, haciendo constar que el producto cumple con las especificaciones establecidas en el Real Decreto 2532/1985, de 18 de diciembre, por el que se declaran de obligado cumplimiento las especificaciones técnicas de chimenas modulares metálicas y su homologación por el Ministerio de Industria y Energía;

Resultando que por Resolución de 18 de abril de 1994, de la Dirección de Administración y Seguridad Industrial, se procedió a la ampliación de la homologación concedida a las chimenas modulares metálicas de diámetros nominales 125 y 150 milímetros, marca «Negarra», a las de diámetros nominales 175, 200, 250 y 300 milímetros de la misma marca, asignándoles la misma contraseña de homologación CHM-080P;

Resultando que por Resolución de 14 de marzo de 1995, de la Dirección de Administración de Industria, Energía y Minas, se amplió la homologación concedida a las chimeneas modulares metálicas de marca «Negarra» y diámetros nominales 125, 150, 175, 200, 250 y 300 milímetros, a las chimeneas modulares metálicas de los mismos diámetros nominales y marcas «Cliber» y «Duero», fabricadas por «Negarra, Sociedad Anónima», en Lemona (Bizkaia);

Resultando que la Delegación Territorial de Bizkaia, del Departamento de Industria, Agricultura y Pesca, mediante escrito de fecha de entrada en este Departamento de 31 de octubre de 1995, informa favorablemente la extensión del certificado de conformidad de producción en relación con el producto objeto de esta Resolución;

Resultando que el fabricante «Negarra, Sociedad Anónima», presenta una declaración de fecha 28 de septiembre de 1995, en la que hace constar que en la fabricación del citado producto, los sistemas de control de calidad usados se mantienen en las mismas condiciones que en el momento de la homologación, de acuerdo con el Real Decreto 105/1988, de 12 de febrero, por el que se complementan, modifican y actualizan determinados preceptos del Reglamento General de las Actuaciones del Ministerio de Industria y Energía en el campo de la normalización y homologación, aprobado por el Real Decreto 2584/1981, de 18 de septiembre;

Considerando que la Dirección de Administración de Industria, Energía y Minas es el órgano competente para la adopción de la presente Resolución, de conformidad con lo establecido en el Decreto 81/1995, de 31 de enero, por el que se establece la estructura orgánica y funcional de Departamento de Industria, Agricultura y Pesca, así como en el artículo 9 del Decreto 275/1986, de 25 de noviembre, sobre Calidad y Seguridad Industrial;

Considerando que por el interesado se ha presentado la documentación exigida por la legislación vigente que afecta al producto cuya prórroga de homologación solicita;

Considerando que se han cumplido todos los trámites procedimentales establecidos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y demás normas que resultan de aplicación, resuelvo:

Primero.-Conceder la prórroga de homologación a las chimeneas modulares metálicas de diámetros nominales 125, 150, 175, 200, 250 y 300 milímetros y marcas «Negarra», «Cliber» y «Duero», fabricadas por «Negarra, Sociedad Anónima», en Lemona (Bizkaia), manteniendo la misma contraseña de homologación CHM-0080P.

Segundo.-Disponer, asimismo, como fecha límite para que el interesado presente, en su caso, los certificados de conformidad de producción antes de 5 de diciembre de 1997.

Tercero.-Definir como características técnicas las indicadas en las primitivas homologaciones.

Cuarto.-Ordenar la notificación y, en su caso, publicación en forma legal de la presente Resolución.

Contra la presente Resolución se podrá interponer recurso ordinario ante el ilustrísimo señor Viceconsejero de Ordenación Industrial en el plazo de un mes, contado desde su notificación, de acuerdo con lo establecido en los artículos 107 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Pais Vasco».

Lo que se hace público para general conocimiento.

Vitoria-Gasteiz, 5 de diciembre de 1995.-La Directora, María Luisa Fuentes Alonso.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid