Visto por la Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Segunda) del Tribunal Superior de la Comunidad Valenciana, con sede en Valencia, el recurso número 2/278/1994, interpuesto por don Asterio de Miguel Lapeña, contra la Resolución del Director general de Administración Penitenciaria de 3 de diciembre de 1993, desestimatoria de su solicitud de indemnización por traslado al centro penitenciario de Picassent, la citada Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Segunda) del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, con sede en Valencia, ha dictado sentencia de 14 de octubre de 1995, cuya parte dispositiva dice así:
«Fallamos: Primero.-Rechazamos la inadmisión del recurso postulada por la demandada. Segundo.-Estimamos parcialmente el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Asterio de Miguel Lapeña, contra la Resolución de la Dirección General de Administración Penitenciaria en materia de indemnización por traslado al centro penitenciario de Picassent. Tercero.-Declaramos que dichos actos son contrarios al ordenamiento jurídico, anulándolos y dejándolos sin efecto, debiendo declararse que el traslado tiene el carácter de forzoso, rechazándose las demás peticiones formuladas. Cuarto.-No hacer pronunciamiento expreso en materia de costas».
En su virtud, esta Dirección General, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 103 y siguientes de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto se cumpla en sus propios términos la expresada sentencia.
Lo que digo a V. I. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 16 de noviembre de 1995.-El Director general, Martín Alberto Barciela Rodríguez.
Ilmo. Sr. Subdirector general de Personal.
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