De conformidad con lo establecido en la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, y en uso de las facultades que me confiere el artículo 3.º de la Orden del Ministerio de Defensa número 54/1982, de 16 de marzo, dispongo que se cumpla en sus propios términos estimatorios la expresada sentencia sobre ingreso en el Cuerpo de Mutilados.
Madrid, 13 de enero de 1995.-P. D., el Director general de Personal, José de Llobet Collado.
Excma. Sra. Subdirectora general de Costes de Personal y Pensiones Militares.-Unidad de Gestión de Mutilados.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid