Contido non dispoñible en galego
En el recurso contencioso-administrativo número 1/65/1994, interpuesto por don Antonio Lorca Siero, contra denegación presunta de petición de indemnizaciones dirigida al Ministerio de Relaciones con las Cortes y de la Secretaría del Gobierno, se ha dictado por la Sala de lo ContenciosoAdministrativo de la Audiencia Nacional (Sección Primera), con fecha 13 de septiembre de 1994, sentencia cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:
«Fallamos: Que con desestimación del recurso interpuesto en su propio nombre por don Antonio Lorca Siero, debemos declarar y declaramos ajustado a derecho el acto presunto recurrido, sin costas».
En su virtud este Ministerio conforme a lo prevenido en la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer se cumpla, en sus propios términos, la referida sentencia.
Madrid, 26 de enero de 1995.-P. D. (Orden de 1 de octubre de 1993), el Subsecretario, Fernando Sequeira de Fuentes.
Ilmo. Sr. Subsecretario.
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