La Sala de lo Contencioso-Administrativo de Burgos, del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, ha dictado sentencia, con fecha 24 de noviembre de 1994, en el recurso contencioso-administrativo número 01/000311/94, en el que son partes, como demandante, don Jesús Mozas Bartolomé, y como demandada, la Universidad de Valladolid.
El citado recurso se promovió contra la Resolución rectoral de 25 de noviembre de 1993, desestimatoria de la petición efectuada por el recurrente relativa a los emolumentos correspondientes al curso académico 81-82.
La parte dispositiva de la citada sentencia contiene el siguiente pronunciamiento:
«Fallo: Declarar la inadmisibilidad del presente recurso y ello sin hacer expresa condena en costas.
Contra esta resolución no cabe recurso ordinario alguno.
A su tiempo devuélvase el expediente al órgano de procedencia con certificación de esta sentencia, de la que se unirá otra a los autos originales.
Así por esta nuestra sentencia lo pronunciamos, mandamos y firmamos.»
En su virtud este Rectorado, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución; 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y 103 y siguientes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo y el cumplimiento, en sus propios términos, de la expresada sentencia.
Valladolid, 19 de enero de 1995.-El Rector, Francisco Javier Alvarez Guisasola.
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