Visto por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, con sede en Logroño, el recurso número 377/93, interpuesto por don Juan José Simón García, contra Resolución de la Secretaría General de Asuntos Penitenciarios de 11 de mayo de 1993, por la que se desestima su pretensión de percibir el complemento específico correspondiente al Area de Oficinas, en que se encuentra incluido, dada su condición de Funcionario del Cuerpo Especial de Instituciones Penitencias, la citada Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, con sede en Logroño, ha dictado sentencia de 3 de noviembre de 1994, cuya parte dispositiva dice así:
«Fallamos: Que debemos desestimar y desestimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Juan José Simón García, contra acuerdo adoptado por la Dirección General de Administración Penitenciaria de 11 de mayo de 1993. Sin condena al pago de costas.»
En su virtud, esta Dirección General, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 103 y siguientes de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto se cumpla en sus propios términos la expresada sentencia.
Lo que digo a V.I. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 19 de enero de 1995.-El Director general, Martín Alberto Barciela Rodríguez.
Ilmo. Sr. Subdirector general de Personal.
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