Visto el expediente de indulto de don Andrés Cano Ruiz, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por el Juzgado de Instrucción número 1 de Igualada, en sentencia de fecha 20 de enero de 1988, como autor de un delito de utilización ilegítima de vehículo de motor ajeno, a la pena de cuatro meses y un día de arresto mayor y privación del permiso de conducir por un año, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos el día 4 de julio de 1986; a propuesta del Ministro de Justicia e Interior y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 20 de enero de 1995,
Vengo en indultar a don Andrés Cano Ruiz la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento y la privación del permiso de conducir, a condición de que no vuelva a cometer delito durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.
Dado en Madrid a 20 de enero de 1995.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia e Interior,
JUAN ALBERTO BELLOCH JULBE
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid