Visto el expediente de indulto de don José Miguel Illescas Ortiz, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por el Juzgado de lo Penal número 1 de Málaga, en sentencia de fecha 19 de mayo de 1993, como autor de un delito de robo con fuerza, a la pena de dos años, cuatro meses y un día de prisión menor, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos el día 6 de febrero de 1991; a propuesta del Ministro de Justicia e Interior y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 20 de enero de 1995,
Vengo en conmutar a don José Miguel Illescas Ortiz la pena privativa de libertad impuesta, por la de un año de prisión menor, a condición de que no cometa delito en el plazo de dos años desde la publicación del presente Real Decreto.
Dado en Madrid a 20 de enero de 1995.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia e Interior,
JUAN ALBERTO BELLOCH JULBE
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