En el recurso contencioso-administrativo número 569/1993, seguido ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, con sede en Cáceres, interpuesto por doña María de los Angeles Rosell Bueno contra la Administración del Estado sobre la evaluación negativa de distintos tramos de investigación del recurrente, ha recaído sentencia el 27 de junio de 1994, cuyo fallo es el siguiente:
«Desestimando íntegramente el recurso interpuesto por el Procurador don Fernando Leal Osuna, en nombre y representación de doña María de los Angeles Rossell Bueno, contra la resolución de la Comisión Evaluadora de la Actividad Investigadora del Ministerio de Educación y Ciencia referida en el primer fundamento de esta resolución, debemos declarar y declaramos ajustado a derecho tal acto, por lo que se mantiene; sin hacer especial pronunciamiento en cuento a costas causadas.»
Dispuesto por Orden de 15 de diciembre de 1994 el cumplimiento de la citada sentencia en sus propios términos,
Esta Presidencia ha resuelto dar publicidad a la misma para general conocimiento.
Madrid, 20 de enero de 1995.-El Presidente de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora, Roberto Fernández de Caleya y Alvarez.
Ilmo. Sr. Secretario de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora.
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