Recibida en la Dirección General de Planificación Energética la solicitud presentada por «Sinbel Solar», con domicilio social en polígono industrial, calle B, número 15, municipio de Mahón, provincia de Baleares, para la renovación de vigencia de homologación de «Sinbel Solar», en su instalación industrial ubicada en Mahón (Baleares).
Resultando que por el interesado se ha presentado la documentación exigida por la legislación vigente que afecta al producto cuya renovación de vigencia de homologación solicita, y que el modelo cumple todas las especificaciones actualmente establecidas por la Orden de 28 de julio de 1980 sobre homologación de paneles solares y Reales Decretos 891/1980 y 2584/1981,
Esta Dirección General, de acuerdo con lo establecido en las referidas disposiciones ha acordado renovar la homologación del citado producto, con la contraseña de homologación NPS-0195, y con fecha de caducidad el día 16 de enero de 1998, definiendo como características técnicas para cada marca, modelo o tipo homologado las que se indican a continuación, debiendo el interesado solicitar los certificados de conformidad de la producción antes del 16 de enero de 1998.
Esta renovación de homologación se efectúa en relación con las disposiciones que se citan y por tanto el producto deberá cumplir cualquier otro Reglamento o disposición que le sea aplicable.
El titular de esta Resolución presentará dentro del período fijado para someterse al control y seguimiento de la producción, la documentación acreditativa, a fin de verificar la adecuación del producto a las condiciones iniciales, así como la declaración en la que se haga constar que, en la fabricación de dichos productos, los sistemas de control de calidad utilizados se mantienen, como mínimo, en las mismas condiciones que en el momento de la homologación.
El incumplimiento de cualquiera de las condiciones fundamentales en las que se basa la concesión de esta renovación de vigencia de homologación podrá dar lugar a la suspensión cautelar automática de la misma, independientemente de su posterior anulación, en su caso, y sin perjuicio de las responsabilidades legales que de ello pudieran derivarse.
Contra esta Resolución podrá interponerse recurso ordinario ante el excelentísimo señor Ministro de Industria y Energía, en el plazo de un mes contado desde la recepción de la misma. Dicho recurso pondrá fin a la vía administrativa.
Características comunes a todas las marcas y modelos
Características:
Primera. Descripción: Material absorbente.
Segunda. Descripción: Tratamiento superficial.
Tercera. Descripción: Superficie útil. Unidades: Metros cuadrados.
Marca y modelo o tipo «Tecsol».
Características:
Primera: Serpentín monotubular y chapa.
Segunda: Aluminio.
Tercera: 1,86.
Lo que se comunica a los efectos oportunos.
Madrid, 16 de enero de 1995.-El Director general, Jorge Cortina García.
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