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Documento BOE-A-1995-3941

Resolución de 3 de noviembre de 1994, del Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas, por la que se regula la composición y funcionamiento de la Junta de Compras del organismo.

Publicado en:
«BOE» núm. 39, de 15 de febrero de 1995, páginas 5145 a 5146 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1995-3941
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/1994/11/03/(3)

TEXTO ORIGINAL

La disposición final segunda de la Ley de Contratos del Estado extiende la aplicación de la mencionada Ley a los organismos autónomos regulados por la Ley de 26 de diciembre de 1958, señalando, en su apartado c), que la constitución de las Juntas de Compras de los Organismos Autónomos se hará con independencia de las del Departamento ministerial al que estén afectados.

Desde que, por Resolución de la Junta de Energía Nuclear de 15 de febrero de 1973, se constituyó la Junta de Compras, no se ha llevado a cabo una regulación de la misma adaptada al actual organismo que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 13/1986, de 14 de abril, de Fomento y Coordinación General de la Investigación Científica y Técnica, pasó a denominarse Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas (CIEMAT).

En su virtud, de conformidad con lo establecido en el mencionado apartado c) de la disposición final segunda de la Ley de Contratos del Estado, previa aprobación del Ministro para las Administraciones Públicas, dispongo:

Primero.-Bajo la dependencia de la Dirección General, la Junta de Compras del Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas queda constituida de la siguiente forma:

Presidente: El Director de Control de Operaciones.

Vicepresidente: El Director de Administración y Finanzas.

Vocales: El Secretario general técnico y los Subdirectores generales de cada uno de los Institutos y Direcciones siguientes:

Instituto de Estudios de la Energía.

Instituto de Medio Ambiente.

Instituto de Tecnología Nuclear.

Instituto de Investigación Básica.

Instituto de Energías Renovables.

Dirección de Tecnología.

Dirección de Personal y Organización.

Secretario: El Jefe del Area Administrativa de la Dirección de Administración y Finanzas, que en su calidad de miembro de la Junta, actuará con voz y voto.

Vocales suplentes: Por cada Vocal se nombrará un Vocal suplente, que será designado por el Director general, a propuesta de los titulares de los Institutos y Direcciones.

Los Vocales suplentes deberán tener categoría de Jefe de Unidad de Apoyo Técnico.

Los Institutos y Direcciones que carezcan de estas Unidades propondrán a personal técnico que desempeñe funciones equivalentes.

Segundo.-El Presidente de la Junta de Compras podrá disponer la incorporación a las reuniones de la Junta, en calidad de asesores con voz pero sin voto, de aquellas personas cuya colaboración se estime conveniente por la especialización de los asuntos a tratar o la naturaleza de las adquisiciones a realizar.

Tercero.-Cuando la Junta de Compras actúe como Mesa de Contratación, formarán parte de la misma un Abogado del Estado del Servicio Jurídico del Ministerio de Industria y Energía y el Interventor Delegado de la Intervención General del Estado en el organismo.

Cuarto.-Son atribuciones de la Junta de Compras de este organismo las que establece el Decreto 3186/1968, de 26 de diciembre, por el que se regula el Servicio Central de Suministros de Material Mobiliario y de Oficina y Juntas de Compras de los Ministerios Civiles, así como las que, de conformidad con lo previsto en el Decreto 3410/1975, de 25 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Contratación del Estado, le encomiende el Presidente del organismo.

La Junta de Compras del CIEMAT se acomodará en sus actuaciones a las instrucciones que, conforme a lo dispuesto en el artículo 394 del citado Reglamento, pueda dictar la Junta de Compras del Ministerio de Industria y Energía.

Quinto.-A tenor de lo dispuesto en el artículo 4.º del Decreto 3186/1968, las funciones atribuidas a la Junta de Compras de este organismo, en relación con el material de oficina no inventariable, podrán ser delegadas en la correspondiente Unidad de la Dirección de Administración y Finanzas, que actuará conforme a las instrucciones que reciba de la propia Junta de Compras.

Sexto.-Las propuestas de compra de equipos informáticos y de automatización de oficinas, incluso cuando se refieran a equipos sometidos al régimen de adquisición centralizada, deberán ser informadas por la Comisión Ministerial de Informática con carácter previo a su elevación a la Junta de Compras.

Igualmente, las propuestas de adquisición de bienes de equipo, con fines de investigación, a que se refiere el artículo 19.4 de la Ley 13/1986, de 14 de abril, deberán ser autorizadas, con carácter previo a su elevación a la Junta de Compras, por el Consejo Rector del CIEMAT.

Séptimo.-La Junta de Compras se regirá por lo establecido para los órganos colegiados en el capítulo II del título II de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Octavo.-Queda derogada la Resolución de la Dirección General de la Junta de Energía Nuclear de 15 de febrero de 1973.

Noveno.-La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.

Madrid, 3 de noviembre de 1994.-El Presidente, Alberto Lafuente Félez.

Ilmo. Sr. Director general del Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 03/11/1994
  • Fecha de publicación: 15/02/1995
  • Fecha de entrada en vigor: 16/02/1995
Referencias anteriores
  • DEROGA la Resolución de 15 de febrero de 1973.
  • DE CONFORMIDAD con la disposición final segunda C) de la Ley de Contratos del Estado, texto articulado aprobado por el Decreto 923/1965, de 8 de abril (Ref. BOE-A-1965-7156).
  • CITA:
Materias
  • Centro de Investigaciones Energéticas Medioambientales y Tecnológicas
  • Juntas de Compras
  • Ministerio de Industria y Energía
  • Organización de la Administración del Estado

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