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La Orden del Ministerio de Economía y Hacienda de 17 de enero de 1995 autoriza al Director general del Tesoro y Política Financiera a emitir Deuda del Estado durante 1995 y enero de 1996, señalando los instrumentos en que podrá materializarse, entre los que se encuentran los Bonos y Obligaciones del Estado y estableciendo las reglas básicas a las que su emisión ha de ajustarse, que son una prórroga de las vigentes en 1994. Las segundas vueltas subsiguientes a las subastas se mantienen como mecanismo de financiación del Tesoro Público, basado en una especial relación de colaboración con algunas entidades gestoras, en los términos previstos en la Orden de 24 de julio de 1991 y continúa abierta la posibilidad de poner en oferta emisiones que sean ampliación de otras realizadas con anterioridad.
Posteriormente, la Resolución de esta Dirección General de 20 de enero de 1995 reguló el desarrollo y resolución de las subastas de Bonos y Obligaciones del Estado, incluidas las segundas vueltas, e hizo público el calendario de las subastas ordinarias para 1995 y el mes de enero de 1996, determinando que la periodicidad de los Bonos, a tres y cinco años y de las Obligaciones, a diez y quince años, sería mensual. En su cumplimiento, es necesario fijar las características de los Bonos y Obligaciones del Estado que se pondrán en oferta en el próximo mes de marzo de 1995 y convocar las correspondientes subastas.
En consecuencia, en uso de las autorizaciones contenidas en la Orden de 17 de enero de 1995,
Esta Dirección General ha resuelto:
1. Disponer la emisión de Bonos del Estado a tres y cinco años y de Obligaciones del Estado a diez y quince años, en el mes de marzo de 1995 y convocar las correspondientes subastas, que habrán de celebrarse de acuerdo con lo previsto en la Orden de 17 de enero de 1995, en la Resolución de esta Dirección General de 20 de enero de 1995 y en la presente Resolución.
2. Características de los Bonos y Obligaciones que se emiten.-El tipo de interés nominal anual y las fechas de emisión, amortización y de vencimiento de cupones serán los mismos que establecieron las Resoluciones de esta Dirección General de 18 de noviembre de 1993 y 26 de enero y 17 de octubre de 1994 para las emisiones de 15 de febrero de 1994 de Bonos del Estado a tres años al 7,30 por 100, de 15 de febrero de 1994 de Bonos del Estado a cinco años al 7,40 por 100, de 15 de noviembre de 1994 de Obligaciones del Estado a diez años al 10 por 100 y de 15 de diciembre de 1993 de Obligaciones del Estado a quince años al 8,20 por 100, respectivamente, siendo el primer cupón a pagar, por su importe completo, el de 30 de julio de 1995, en los Bonos a tres y cinco años y el de 28 de febrero de 1996 en las Obligaciones a diez y quince años.
3. Los Bonos y Obligaciones que se emitan se pondrán en circulación el día 15 de marzo próximo, fecha de desembolso y adeudo en cuenta fijada para los titulares de cuentas en la Central de Anotaciones y se agregarán, respectivamente, a las emisiones de 15 de febrero de 1994 al 7,30 por 100; 15 de febrero de 1994, al 7,40 por 100; 15 de noviembre de 1994, al 10 por 100, y 15 de diciembre de 1993, al 8,20 por 100, teniendo, en cada caso, la consideración de ampliación de aquéllas, con las que se gestionarán como una única emisión a partir de su puesta en circulación.
4. Como consecuencia de la posibilidad de formular ofertas no competitivas en las subastas que se convocan, según se prevé en el apartado 1.b) de la Resolución de 20 de enero de 1995 de esta Dirección General, con posterioridad a la celebración de las subastas no existirá período de suscripción pública de la Deuda que se emite.
5. La Dirección General del Tesoro y Política Financiera no pagará comisión alguna de colocación por las suscripciones de Bonos y Obligaciones del Estado que se presenten, sea por cuenta propia o de terceros y aun cuando los presentadores sean las entidades y personas enumeradas en el apartado 5.9.2 de la Orden de 17 de enero de 1995. Las únicas peticiones de terceros que podrán presentar las Sociedades Gestoras de Instituciones de Inversión Colectiva o de Fondos de Pensiones y las Sociedades Gestoras de Carteras serán las que realicen para las Instituciones de Inversión Colectiva, los Fondos de Pensiones o las carteras que administren.
6. En el anexo de la presente Resolución y con carácter informativo, a efectos de la participación en las subastas, se incluyen tablas de equivalencia entre precios y rendimientos de los Bonos y Obligaciones del Estado, cuya emisión se dispone, calculadas de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 5.8.3 de la Orden de 17 de enero de 1995.
Madrid, 15 de febrero de 1995.-El Director general, Manuel Conthe Gutiérrez.
ANEXO
Tabla de equivalencia entre precios y rendimientos para los Bonos del Estado a tres años, emisión 15 de febrero de 1994 al 7,30 por 100
Subasta mes marzo
Precio /Rendimiento bruto - Porcentaje
96,50 / 11,310 / 97,55 / 10,756
96,55 / 11,284 / 97,60 / 10,729
96,60 / 11,257 / 97,65 / 10,703
96,65 / 11,231 / 97,70 / 10,677
96,70 / 11,204 / 97,75 / 10,651
96,75 / 11,177 / 97,80 / 10,625
96,80 / 11,151 / 97,85 / 10,599
96,85 / 11,124 / 97,90 / 10,573
96,90 / 11,098 / 97,95 / 10,547
96,95 / 11,072 / 98,00 / 10,521
97,00 / 11,045 / 98,05 / 10,495
97,05 / 11,019 / 98,10 / 10,469
97,10 / 10,992 / 98,15 / 10,443
97,15 / 10,966 / 98,20 / 10,417
97,20 / 10,939 / 98,25 / 10,391
97,25 / 10,913 / 98,30 / 10,365
97,30 / 10,887 / 98,35 / 10,339
97,35 / 10,861 / 98,40 / 10,313
97,40 / 10,834 / 98,45 / 10,287
97,45 / 10,808 / 98,50 / 10,261
97,50 / 10,782 / /
* Rendimientos redondeados al tercer decimal.
Tabla de equivalencia entre precios y rendimientos para los Bonos del Estado a cinco años, emisión 15 de febrero de 1994 al 7,40 por 100
Subasta mes marzo
Precio / Rendimiento bruto - Porcentaje
90,50 / 11,674 / 91,55 / 11,323
90,55 / 11,657 / 91,60 / 11,307
90,60 / 11,640 / 91,65 / 11,290
90,65 / 11,623 / 91,70 / 11,274
90,70 / 11,607 / 91,75 / 11,257
90,75 / 11,590 / 91,80 / 11,241
90,80 / 11,573 / 91,85 / 11,224
90,85 / 11,556 / 91,90 / 11,208
90,90 / 11,540 / 91,95 / 11,191
90,95 / 11,523 / 92,00 / 11,175
91,00 / 11,506 / 92,05 / 11,159
91,05 / 11,490 / 92,10 / 11,142
91,10 / 11,473 / 92,15 / 11,126
91,15 / 11,456 / 92,20 / 11,109
91,20 / 11,440 / 92,25 / 11,093
91,25 / 11,423 / 92,30 / 11,077
91,30 / 11,406 / 92,35 / 11,060
91,35 / 11,390 / 92,40 / 11,044
91,40 / 11,373 / 92,45 / 11,028
91,45 / 11,357 / 92,50 / 11,011
91,50 / 11,340
* Rendimientos redondeados al tercer decimal.
Tabla de equivalencia entre precios y rendimientos para las Obligaciones del Estado a diez años, emisión 15 de noviembre de 1994 al 10,0 por 100
Subasta mes marzo
Precio / Redimiento bruto - Porcentaje
90,0 / 11,830 / 92,1 / 11,437
90,1 / 11,811 / 92,2 / 11,418
90,2 / 11,792 / 92,3 / 11,400
90,3 / 11,773 / 92,4 / 11,382
90,4 / 11,754 / 92,5 / 11,363
90,5 / 11,735 / 92,6 / 11,345
90,6 / 11,716 / 92,7 / 11,327
90,7 / 11,698 / 92,8 / 11,309
90,8 / 11,679 / 92,9 / 11,290
90,9 / 11,660 / 93,0 / 11,272
91,0 / 11,641 / 93,1 / 11,254
91,1 / 11,622 / 93,2 / 11,236
91,2 / 11,604 / 93,3 / 11,218
91,3 / 11,585 / 93,4 / 11,200
91,4 / 11,566 / 93,5 / 11,182
91,5 / 11,548 / 93,6 / 11,164
91,6 / 11,529 / 93,7 / 11,146
91,7 / 11,511 / 93,8 / 11,128
91,8 / 11,492 / 93,9 / 11,110
91,9 / 11,474 / 94,0 / 11,092
92,0 / 11,455
* Rendimientos redondeados al tercer decimal.
Tabla de equivalencia entre precios y rendimientos para las Obligaciones del Estado a quince años, emisión 15 de diciembre de 1993 al 8,20 por 100
Subasta mes marzo
Precio / Rendimiento bruto - Porcentaje
76,0 / 11,844 / 78,1 / 11,465
76,1 / 11,826 / 78,2 / 11,447
76,2 / 11,808 / 78,3 / 11,430
76,3 / 11,789 / 78,4 / 11,412
76,4 / 11,771 / 78,5 / 11,395
76,5 / 11,753 / 78,6 / 11,377
76,6 / 11,734 / 78,7 / 11,360
76,7 / 11,716 / 78,8 / 11,342
76,8 / 11,698 / 78,9 / 11,325
76,9 / 11,680 / 79,0 / 11,307
77,0 / 11,662 / 79,1 / 11,290
77,1 / 11,644 / 79,2 / 11,273
77,2 / 11,626 / 79,3 / 11,255
77,3 / 11,608 / 79,4 / 11,238
77,4 / 11,590 / 79,5 / 11,221
77,5 / 11,572 / 79,6 / 11,204
77,6 / 11,554 / 79,7 / 11,186
77,7 / 11,536 / 79,8 / 11,169
77,8 / 11,518 / 79,9 / 11,152
77,9 / 11,501 / 80,0 / 11,135
78,0 / 11,483
* Rendimientos redondeados al tercer decimal.
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