Habiéndose dictado por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, con fecha 2 de diciembre de 1994, sentencia firme en el recurso contencioso-administrativo número 254/1990, promovido por «Lácteas del Oeste, Sociedad Anónima», sobre sanción por infracción en materia de quesos; sentencia cuya parte dispositiva dice así:
«Fallamos: Que estimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Procurador don José Ramón Gayoso Rey en nombre y representación de «Lácteas del Oeste, Sociedad Anónima», contra la Orden del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación de 14 de noviembre de 1989, que desestimó el recurso de alzada interpuesto contra la Resolución de la Dirección General de Política Alimentaria de 19 de junio de 1989, por la que se acordó imponer a la recurrente una sanción de 200.001 pesetas por infracción administrativa en materia de quesos, debemos declarar y declaramos la nulidad de los acuerdos sancionadores por vicio de incompetencia, a fin de que las actuaciones inspectoras sean remitidas o trasladadas a los órganos competentes de la Junta de Extremadura; sin costas.»
Este Ministerio ha tenido a bien disponer se cumpla en sus propios términos la precitada sentencia.
Madrid, 30 de enero de 1995.-El Ministro, P. D. (Orden de 30 de julio de 1990), el Director general de Servicios, Francisco Javier Velázquez López.
Ilmos. Sres. Subsecretario del Departamento y Director general de Política Alimentaria.
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