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Documento BOE-A-1995-47

Resolución de 23 de diciembre de 1994, del Consejo Superior de Deportes, por la que se convocan las subvenciones a conceder a Corporaciones Locales para la construcción o remodelación de instalaciones deportivas de uso público e interés federativo.

Publicado en:
«BOE» núm. 1, de 2 de enero de 1995, páginas 44 a 44 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-1995-47

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de 13 de julio de 1994 se regularon las bases de las convocatorias para la concesión de subvenciones a Corporaciones Locales para la construcción o remodelación de instalaciones de uso público e interés federativo.

En el apartado tercero de la misma se determinaba que, aprobado el presupuesto del organismo, anualmente se publicaría la correspondiente convocatoria.

De otra parte, se hace necesario modificar el plazo de presentación de solicitudes para evitar una tramitación excesivamente larga, que repercuta negativamente en la gestión presupuestaria del organismo.

En consecuencia, esta Presidencia del Consejo Superior de Deportes, previo informe del Servicio Jurídico del Estado, ha dispuesto convocar, de acuerdo con las bases establecidas mediante Resolución de 13 de julio de 1994, la concesión de subvenciones a Corporaciones Locales para la construcción o remodelación de instalaciones de uso público e interés federativo, con las modificaciones y especificaciones siguientes:

Primero.-El plazo de presentación de solicitudes, establecido en la Resolución de 13 de julio de 1994, queda modificado siendo de quince días a partir de la publicación de la presente Resolución.

Segundo.-Las subvenciones que se otorguen no podrán superar la cantidad que para tal concepto conste en los presupuestos generales del Consejo Superior de Deportes para el año 1995, que en el anteproyecto de los mismos asciende a 645.476.000 pesetas.

Tercero.-Si la ejecución de la obra cuya subvención se pretende va a realizarse en más de una anualidad, podrá concederse la subvención en un máximo de tres anualidades, con cargo a futuros ejercicios presupuestarios, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias del organismo y de conformidad con lo establecido en el artículo 61 de la Ley General Presupuestaria.

DISPOSICION FINAL

La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 23 de diciembre de 1994.-El Secretario de Estado-Presidente del Consejo Superior de Deportes, Rafael Cortés Elvira.

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