Visto el expediente de indulto de don Francisco Javier Burgos Peña, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por el Juzgado de lo Penal número 7 de Valencia, en sentencia de fecha 19 de mayo de 1994, como autor de un delito de quebrantamiento de condena, a la pena de un mes y un día de arresto mayor, con la accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos el día 10 de agosto de 1993, a propuesta del Ministro de Justicia e Interior y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 3 de febrero de 1995,
Vengo en conmuta a don Francisco Javier Burgos Peña la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento, por multa de 200.000 pesetas, a condición de que la misma sea abonada en el plazo que determine el Tribunal sentenciador y no vuelva a cometer delito durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.
Dado en Madrid a 3 de febrero de 1995. JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia e Interior,
JUAN ALBERTO BELLOCH JULBE
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