Visto el expediente de reconocimiento, clasificación e inscripción en el Registro de Fundaciones Culturales Privadas y Entidades Análogas de la «Fundación de la Escuela de Cinematografía y del Audiovisual de la Comunidad de Madrid» y;
Resultando que por don Jaime Lissavetzky Díez, en nombre y representación de la Comunidad de Madrid y en el ejercicio de su cargo de Consejero de Educación y Cultura de la misma; don José Manuel Gutiérrez Sánchez, en nombre y representación y como Presidente de la Sociedad General de Autores de España (SGAE) y don José Luis Borau Moradell en nombre y representación y como Presidente de la entidad Academia de las Artes y las Ciencias Cinematográficas de España, se procedió a constituir una fundación cultural privada con la expresada denominación en escritura pública, comprensiva de los Estatutos que han de regir la misma, ante el Notario de Madrid don Francisco Javier Monedero Gil, el día 14 de noviembre de 1994, posteriormente complementada por otras doce escrituras: Una de subsanación de fecha 30 de noviembre de 1994, siete de aceptación de cargos de fechas 17 de noviembre de 1994 y 2 de diciembre de 1994 autorizadas por el mismo Notario, tres más de aceptación de cargos ante el Notario de Madrid don Lorenzo Guirado Sanz de fecha 21 de noviembre de 1994 y otra más de subsanación ante el Notario de Madrid don Francisco Javier Monedero Gil de fecha 1 de febrero de 1995; fijándose su domicilio en Madrid, calle Fernando VI, número 4;
Resultando que el capital inicial de la institución asciende a la cantidad de 3.000.000 de pesetas, aportadas por partes iguales por las entidades fundadoras, constando certificación de que dicha cantidad se encuentra depositada en entidad bancaria a nombre de la fundación; se especifica el objeto de la misma consistente en: «desarrollar, con carácter benéfico y sin ánimo de lucro, actividades de formación, promoción y fomento en materia cinematográfica y audiovisual. En su virtud, dentro de estos amplios objetivos, tendrá, entre otras finalidades concretas más importantes e inmediatas, las siguientes: 1. Formación de autores, productores
y técnicos de obras cinematográficas y grabaciones audiovisuales. 2. Investigación y publicación de aspectos relacionados con el cine y con el audiovisual, para lo cual organizará jornadas de estudio, conferencias, seminarios y editará libros y publicaciones con carácter periódico. 3. Producción, exhibición y distribución de obras cinematográficas y grabaciones audivisuales»;
Resultando que el gobierno, administración y representación de la fundación se encomienda a un patronato constituido como sigue: Presidente: El Presidente de la Comunidad de Madrid, cargo que ostenta en la actualidad don Joaquín Leguina Herrán y Vocales: Por la Comunidad de Madrid: El Consejero de Educación y Cultura de la Comunidad de Madrid, cargo que en la actualidad ostenta don Jaime Lissavetzky Díez; el Viceconsejero de Educación y Cultura de la Comunidad de Madrid, cargo que en la actualidad ostenta don Ramón Caravaca Magariños, y el Director del Instituto Madrileño para la Formación, cargo que en la actualidad ostenta don Ricardo Rodríguez Contreras. Por la Sociedad General de Autores de España: Don Antonio Giménez Rico y Sáenz de Cabezón; don Angel José Nieto González, y don Juan Antonio Porto Alonso y por la Academia de las Artes y las Ciencias Cinematográficas en España: Don José Luis Borau Moradell, don Gerardo Herrero Pérez-Gamir, y don Eduardo Ducay Berdejo, todos los cuales han aceptado expresamente sus cargos;
Vistos la Constitución vigente; la Ley General de Educación de 4 de agosto de 1970; el Reglamento de las Fundaciones Culturales Privadas, y Entidades Análogas de 21 de julio de 1972; los Reales Decretos 1762/1979, de 29 de junio y 565/1985, de 24 de abril, y la Ley 30/1994, de 24 de noviembre, de Fundaciones y de Incentivos Fiscales a la Participación Privada en Actividades de Interés General y las demás disposiciones concordantes y de general aplicación;
Considerando que, conforme a lo prevenido en los artículos 1 y 2 del Real Decreto 1762/1979, en relación con el artículo 103.4 del Reglamento de Fundaciones Culturales Privadas de 21 de julio de 1972, es de la competencia de este departamento el reconocer, clasificar e inscribir la presente fundación, en consideración a los fines que se propone cumplir;
Considerando que el presente expediente ha sido promovido por persona legitimada para ello, y que al mismo se han aportado cuantos datos y documentos se consideran esenciales, cumpliéndose los requisitos señalados en el artículo 1.º del Reglamento de las Fundaciones Culturales Privadas y Entidades Análogas, aprobado por Decreto 2930/1972, de 21 de julio, con las especificaciones de sus artículos 6.º y 7.º, siendo por su carácter una institución cultural y benéfica,
Este Ministerio, a propuesta de la Secretaría General del Protectorado, previo informe favorable del Servicio Jurídico del departamento, ha resuelto:
Primero.-Reconocer como fundación cultural privada, con el carácter de benéfica la denominada «Fundación de la Escuela de Cinematografía y del Audiovisual de la Comunidad de Madrid».
Segundo.-Encomendar su representación y gobierno al Patronato cuya composición anteriormente se detalla.
Tercero.-Aprobar su presupuesto para el primer año.
Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 16 de febrero de 1995.-P. D. (Orden de 9 de junio de 1994), el Subsecretario, Enrique Linde Paniagua.
Ilmo. Sr. Subsecretario.
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