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Documento BOE-A-1995-5058

Resolución de 8 de febrero de 1995, de la Dirección General de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria por la que se dispone la publicación, para general conocimiento y cumplimiento, del fallo de la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional en el recurso contencioso-administrativo número 07/2103/94, interpuesto por don Román Bamio Moldes.

Publicado en:
«BOE» núm. 49, de 27 de febrero de 1995, páginas 6683 a 6683 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1995-5058

TEXTO ORIGINAL

La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha dictado una sentencia el 10 de octubre de 1994 en el recurso contencioso-administrativo número 07/2103/94, interpuesto por don Román Bamio Moldes, contra la Resolución de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de 30 de septiembre de 1992 que desestima el recurso de reposición interpuesto contra otra de 12 de marzo del mismo año, mediante la que se le imponían dos sanciones de suspensión de funciones de un año de duración cada una de ellas y contra el documento F.14R de anotación de la sanción.

La parte dispositiva de la mencionada sentencia contiene el pronunciamiento siguiente:

«Que estimando en parte el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación procesal de don Román Bamio Moldes, contra las resoluciones impugnadas a que se contraen las actuaciones, declaramos ser las mismas contrarias a derecho, anulándolas en parte, y en consecuencia dejamos sin efecto la sanción de suspensión de funciones de un año de duración, por la apreciación de una falta grave como consecuencia de la comisión del delito de cohecho. Sin costas.»

En su virtud, esta Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, conforme a lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y 103 y siguientes de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto el cumplimiento y ejecución, en sus propios términos, de la mencionada sentencia.

Madrid, 8 de febrero de 1995.-La Directora general, Juana María Lázaro Ruiz.

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