Visto por la Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Séptima), del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el recurso número 80/93, interpuesto por don Luis Vallejo González en defensa y representación de la Asociación Española de Técnicos de Laboratorio contra la Resolución de 20 de julio de 1992 dictada por el Ministerio de Justicia sobre adjudicación de una vacante de Ayudante Técnico de Laboratorio del Hospital General Penitenciario de Madrid en favor de don Iván Fernández de Bobadilla y Fernández de Bobadilla, la citada Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha dictado sentencia número 1005, de 21 de septiembre de 1994, cuya parte dispositiva dice así:
«Fallamos: Que desestimando el recurso interpuesto por el Letrado don Luis Vallejo González, en defensa y representación de la Asociación Española de Técnicos de Laboratorio, contra la adjudicación de la vacante de Ayudante Técnico de Laboratorio del Hospital General Penitenciario de Madrid en favor de un Licenciado en Farmacia, de 20 de julio de 1992, por la Secretaría General Técnica de Asuntos Penitenciarios del Ministerio de Justicia, debemos declarar y declaramos dicha resolución ajustada a Derecho. No se hace expresa condena en costas. Notifíquese esta sentencia a las partes en legal forma, haciendo la indicación de recursos que establece el artículo 248.4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial
Por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.»
En su virtud, esta Dirección General, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 103 y siguientes de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto se cumpla en sus propios términos la expresada sentencia.
Lo que digo a V. I. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 7 de febrero de 1995.-El Director general, Martín Alberto Barciela Rodríguez.
Ilmo. Sr. Subdirector general de Personal.
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