En el recurso contencioso-administrativo número 227/1992, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por «Laboratoire Lachartre, Sociedad Anónima», contra resolución del Registro de la Propiedad Industrial de 20 de junio de 1990, se ha dictado, con fecha 22 de septiembre de 1994, por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que estimando la demanda contencioso-administrativa interpuesta por la representación procesal de "Laboratoire Lachartre, Sociedad Anónima", debemos declarar y declaramos la nulidad de la resolución del Registro de la Propiedad Industrial que denegó la inscripción de la marca número 1.215.906/9, "Topexan", para la clase 5, declarando el derecho de su titular a la inscripción solicitada; sin costas.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla, en sus propios términos, la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 31 de enero de 1995.-El Director general, Julián Alvarez Alvarez.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
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