En el recurso contencioso-administrativo número 1.914/1992, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por «La Unión y el Fénix Español Compañía de Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima», contra resoluciones del Registro de la Propiedad Industrial de 5 noviembre de 1990 y 3 de junio de 1992, se ha dictado, con fecha 30 de junio de 1994 por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que debemos desestimar y desestimamos el recurso formulado por el Abogado don Fernando Pombo García, en nombre y representación de "La Unión y el Fénix Español Compañía de Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima", contra resoluciones del Registro de la Propiedad Industrial, de fechas 5 de noviembre de 1990 y 3 de junio de 1992, esta última desestimatoria del recurso de reposición, cuyas resoluciones confirmamos por ser conformes a Derecho; sin especial pronunciamiento sobre costas.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 30 de noviembre de 1994.-El Director general, Julián Alvarez Alvarez.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
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