En el recurso contencioso-administrativo número 1.560-1992-04-L, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por «Pikolinos, Sociedad Limitada», contra Resoluciones del Registro de la Propiedad Industrial de 20 de marzo de 1991 y de 5 de marzo de 1992, se ha dictado, con fecha 29 de junio de 1994, por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que estimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Procuradora de los Tribunales doña Lucila Torres Riu, en nombre de "Pikolinos, Sociedad Limitada", debemos declarar y declaramos la nulidad de las Resoluciones de fechas de 20 de marzo de 1991, denegatoria de las inscripciones solicitadas, y de 5 de marzo de 1992, desestimatoria de los recursos de reposición interpuestos contra aquellas, todas dictadas por el Registro de la Propiedad Industrial, y acordamos la inscripción de las marcas "Pikolinos", gráfica 1.283.758 y 1.283.759, clases 18 y 25, respectivamente, a nombre de la recurrente "Pikolinos, Sociedad Limitada", sin declaración sobre las costas causadas.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 31 de enero de 1995.-El Director general, Julián Alvarez Alvarez.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
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