En el recurso contencioso-administrativo número 502.90.04, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por «Tong-il, Sociedad Limitada», contra Resoluciones del Registro de la Propiedad Industrial de 20 de junio de 1988 y de 19 de junio de 1989, se ha dictado, con fecha 16 de julio de 1991, por el citado Tribunal, sentencia, confirmada por el Tribunal Supremo en grado de apelación, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Desestimando el recurso contencioso-administrativo número 502/90, interpuesto por doña Elena de la Fuente Fernández, en nombre de "Tong-il, Sociedad Limitada", contra el acuerdo del Registro de la Propiedad Industrial de fecha 20 de junio de 1988, que denegó la marca 1.161.700, y contra el posterior acuerdo de 19 de junio de 1989, sobre desestimación del recurso de reposición, declarando la conformidad al ordenamiento jurídico de las Resoluciones dictadas por el Registro de la Propiedad Industrial, que deniegan la concesión de la marca 1.161.700 "Aligel"; sin hacer expresa imposición de costas.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956 ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 31 de enero de 1995.-El Director general, Julián Alvarez Alvarez.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
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