En el recurso contencioso-administrativo número 1.405/1992, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, por Fútbol Club Barcelona, contra resoluciones del Registro de la Propiedad Industrial de 5 de marzo de 1991 y 9 de julio de 1992, se ha dictado, con fecha 27 de julio de 1994, por el citado Tribunal, sentencia, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallo: En atención a lo expuesto, la Sala ha decidido desestimar la demanda interpuesta por la entidad Fútbol Club Barcelona contra los actos del Registro de la Propiedad Industrial recogidos en el fundamento jurídico primero. Sin costas.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla, en sus propios términos, la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 31 de enero de 1995.-El Director general, Julián Alvarez Alvarez.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
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