Habiéndose dictado por el Tribunal Supremo, con fecha 10 de noviembre de 1994, sentencia firme en el recurso contencioso administrativo número 1.455/1990, promovido por «Hidroeléctrica Española, Sociedad Anónima», sobre transformación económica y social de las zonas regables de Mancuela-Centro y Canal de Albacete en Castilla-La Mancha; Sentencia cuya parte dispositiva dice así:
«Fallamos: Que debemos desestimar y desestimamos el presente recurso contencioso-administrativo directo, por lo que declaramos conforme a Derecho el Real Decreto recurrido; sin expresa imposición de costas.»
Este Ministerio ha tenido a bien disponer se cumpla en sus propios términos la precitada sentencia.
Madrid, 7 de febrero de 1995.-P. D. (Orden de 30 de julio de 1990), el Director general de Servicios, Francisco Javier Velázquez López.
Ilmos. Sres. Subsecretario y Presidente del IRYDA.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid