Habiéndose dictado por la Audiencia Nacional, con fecha 7 de noviembre de 1994, sentencia firme en el recurso contencioso-administrativo número 1.154/1992, promovido por «Leirachan, Sociedad Anónima», y don José Malvido Caride, sobre sanción por infracción en materia de pesca marítima; sentencia cuya parte dispositiva dice así:
«Fallamos: Que desestimando el recurso contencioso-administrativo, interpuesto por la representación procesal de "Leirachan, Sociedad Anónima", y don José Malvido Caride, contra las Resoluciones a que se contraen las presentes actuaciones, debemos confirmarlas, tanto respecto a la cuantía de la multa de 4.000.000 de pesetas, como en dejar sin efecto la suspensión de la actividad pesquera por el período de un mes, con todos los efectos inherentes a esta declaración.
Sin expresa imposición de costas.»
Este Ministerio ha tenido a bien disponer se cumpla, en sus propios términos, la precitada sentencia.
Madrid, 7 de febrero de 1995.-P. D. (Orden de 30 de julio de 1990), el Director general de Servicios, Francisco Javier Velázquez López.
Ilmos. Sres. Subsecretario del Departamento y Director general de Recursos Pesqueros.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid