La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, ha dictado sentencia, en grado de apelación, con fecha 18 de marzo de 1994, en el recurso de apelación número 375/93, en el que son partes, de una, como apelante la Administración General del Estado, y de otra, como apelado don Moisés Blanco Caballero.
El citado recurso se promovió contra la sentencia de 5 de mayo de 1992, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, recaída en el recurso 501.815, sobre incompatibilidad.
La parte dispositiva de la expresada sentencia contiene el siguiente pronunciamiento:
«Fallamos: Que debemos declarar y declaramos inadmisible el recurso de apelación interpuesto por el Abogado del Estado, en representación de la Administración General del Estado, contra la sentencia, de 5 de mayo de 1992, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Quinta) de la Audiencia Nacional dictada en el recurso número 501.815. Sin costas.»
En su virtud, este Ministerio para las Administraciones Públicas, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución; 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el «Boletín Oficial del Estado», para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos de la mencionada sentencia.
Lo que digo a VV. II.
Madrid, 16 de febrero de 1995.-P. D. (Orden de 11 de septiembre de 1992, «Boletín Oficial del Estado» del 22), El Subsecretario, Francisco Hernández Spínola.
Ilmos. Sres.: Subsecretario y Director general de la Inspección General de Servicios de la Administración Pública.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid