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Documento BOE-A-1995-5424

Resolución de 13 de febrero de 1995, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se dispone la publicación, para general conocimiento y cumplimiento, del fallo de la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional en el recurso contencioso-administrativo número 07/2.349/94, interpuesto por doña Presentación Robles Sánchez y otros.

Publicado en:
«BOE» núm. 51, de 1 de marzo de 1995, páginas 7090 a 7090 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1995-5424

TEXTO ORIGINAL

La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, ha dictado una Sentencia el 7 de noviembre de 1994, en el recurso contencioso-administrativo número 07/2.349/94, interpuesto por doña Presentación Robles Sánchez, doña Emilia Cerrillo Correa, doña Carmen Felez Martín, doña María Teresa Grande Grande, doña María Isabel Hernández Blesa, don Jorge Sánchez Muñoz, don José Luis Solís Cejas, don José Luis Vicente Murciano, doña Eulalia Martín Ramos, don Isidro Torres Flores, doña Francisca Blázquez Solano, doña Florentina Valero Pizarro, doña María Lourdes Suñe Banzo, doña Isabel Vicente Serrano, doña Jesusa Martínez Pérez, doña Josefina Rocamora Arbolí, doña Ana María Cortés Murillo, doña Isabel María Dionis Luelmo, doña María Dolores Oro Sanromán, doña María Soledad Pérez Martínez, don Jesús Cano Cirujano, doña Celia Cortina Tames, doña María Victoria Franco Sánchez, doña Natividad Lalueza Lalueza, doña Inmaculada Querol Serra, doña María Rosario López de las Heras, doña Ana Nieto Fernández, doña Visitación Romero Gutiérrez, doña María Pilar Isequilla Vicente y doña María del Carmen Pujol Mondéjar, contra la Resolución de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de 3 de diciembre de 1992, que desestimó el Recurso de reposición presentado por los interesados, contra otra de 24 de septiembre de 1992, que les denegó la solicitud de abono de diferencias retributivas, como consecuencia del reconocimiento de grado personal.

La parte dispositiva de la mencionada Sentencia contiene el pronunciamiento siguiente:

Fallamos: «Desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación procesal de las personas que figuran en el encabezamiento de la presente Resolución, contra las resoluciones impugnadas a las que la demanda se contrae, que declaramos ajustadas a derecho; sin hacer expresa condena en costas».

En su virtud, esta Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, conforme a lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y 103 y siguientes de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto el cumplimiento y ejecución en sus propios términos de la mencionada Sentencia.

Madrid, 13 de febrero de 1995.-La Directora general, Juana María Lázaro Ruiz.

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