Para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos se publica el fallo de la sentencia firme dictada con fecha de 30 de septiembre de 1994 por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (Sección Séptima) en el recurso contencioso-administrativo número 248/1993, promovido por don Demetrio Sánchez Sereno, contra resolución presunta de este Ministerio desestimatoria, por silencio administrativo, de la reclamación formulada sobre abono de diferencias retributivas, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
«Fallamos: Estimamos el recurso contencioso-administrativo promovido por don Demetrio Sánchez Sereno contra la desestimación, por silencio del Ministerio de Sanidad y Consumo, de la petición solicitando el abono de las diferencias retributivas existentes entre el complemento de destino de Jefe de Grupo y el de Jefe de Departamento durante el período de veinticinco meses y nueve días por importe de 680.443 pesetas, y declaramos:
Primero.-La nulidad de aquella resolución presunta por no ser conforme a derecho.
Segundo.-El derecho del recurrente al abono de 680.443 pesetas correspondientes a las diferencias retributivas existentes entre los puestos de trabajo de Jefe de Grupo y Jefe de Departamento durante los períodos del 8 de febrero de 1988 al 7 de marzo del mismo año y del 24 de marzo de 1988 al 1 de abril de 1990.
Tercero.-No procede hacer expresa declaración en materia de costas.
Lo que digo a V. I. a los efectos de lo dispuesto en el artículo 103 de la vigente Ley reguladora de la Jurisdicción de lo Contencioso-Administrativo.
Madrid, 10 de febrero de 1995.-P. D. (Orden de 2 de noviembre de 1994, «Boletín Oficial del Estado» del 4), el Subsecretario, José Luis Temes Montes.
Ilma. Sra. Directora general del Instituto Nacional de la Salud.
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